COVID 19 - SERVICIOS DE MAZARS COLOMBIA

SERVICIOS DE MAZARS EN COLOMBIA - COVID 19

Mazars en Colombia está comprometida en actuar responsablemente, tomando medidas necesarias para prevenir el contagio, proteger a nuestros clientes, nuestra gente, sus familias y las comunidades con las que interactuamos, promoviendo la prevención del contagio del virus COVID -19 (Coronavirus).

Reconocemos que la situación ha llegado a una etapa en la que se requiere un enfoque más integrado dentro de nuestros equipos de trabajo, incluyendo la comunicación proactiva entre los colaboradores, que brinden garantías y efectividad en la toma de medidas adecuadas para proteger a nuestro país.

La seguridad en nuestro entorno es nuestra prioridad, mientras continuamos funcionando, prestando los servicios requeridos por nuestros clientes y satisfaciendo sus necesidades de la mejor manera.

Mazars está monitoreando de cerca la situación del Coronavirus, con el fin de prepararse y responder según sea necesario, donde sea que operemos en el mundo. Somos una firma moderna, totalmente solidaria con el trabajo ágil y contamos con la tecnología y las capacidades necesarias para que nuestros profesionales puedan trabajar de forma remota cuando sea necesario.

La capacidad de trabajar de forma remota y segura es esencial y, en muchos países, incluidos los más afectados, como China, Italia o España, nuestros equipos ya trabajan remotamente, y ha llegado la hora de hacerlo por nuestro país.

A partir de esta semana, nuestros diferentes equipos estarán trabajando de manera remota, sin perder contacto con nuestros clientes y la salvaguarda de la totalidad de la información que les sea suministrada para ejecutar la labores.

Todas nuestras reuniones presenciales, los viajes nacionales e internacionales están siendo reagendados a reuniones virtuales, o teleconferencias.

La información se manejará a través de escritorios remotos que permiten la confidencialidad en todos nuestros trabajos en ejecución, y nuestras fechas de entrega no serán sujetas a modificación.

De antemano agradecemos su atención a este comunicado, su comprensión y el apoyo a nuestro país en estas circunstancias en la que todo debemos contribuir a disminuir el riesgo de contagio. Nuestro objetivo es operar nuestro negocio lo más normalmente posible. Existen planes sólidos de continuidad comercial para considerar y mitigar el impacto del Covid-19 en nuestras operaciones.

En relación con las obligaciones legales y tributarias del primer trimestre del año, se han tomado las siguientes normas:

  • Decreto No. 398 del 13 de marzo de 2020, por medio de cual se adiciona el Decreto 1074 de 2015 en lo referente al desarrollo de las reuniones no presenciales de las reuniones ordinarias del máximo órganos de las compañías constituidas en Colombia.
  • A la luz del artículo 19 de la ley 222 de 1995, “todos los socios o miembros” pueden participar de manera no presencial, siempre que se cuente con el número de participantes necesarios para deliberar de acuerdo con los estatutos, el representante deje constancia de tal circunstancia, se cumplan las previsiones legales y estatutarias. Las convocatorias enviadas con antelación al decreto podrán tener un alcance para ajustar el mecanismo de asistencia y participación.
  • Decreto 401 del 13 de marzo de 2020, por medio del cual se modifican los plazos para presentar las diferentes declaraciones tributarias en Colombia, entre otros, para los contribuyentes dedicados a la prestación de servicios de transporte aéreo comercial de pasajeros, quienes presten servicios hoteleros y aquellos contribuyentes que tengan como actividad económica principal 9006 “actividades teatrales”, 9007 “actividades de espectáculos musicales en vivo” y 9008 “otras actividades de espectáculos en vivo”, se les prorrogan  las fechas de pago del impuesto sobre la renta y complementario del año gravable 2019 y las fechas de pago del impuesto sobre las ventas -IVA del bimestre marzo-abril y el cuatrimestre enero-abril del 2020 para este tipo de contribuyentes.

Aquí puede encontrar el texto completo del Decreto:

https://bit.ly/3b70M78

 

CONTACTO

 

Mazars Colombia                                     Carlos Andres Molano

Calle 93 No. 15 - 40                                  Managing partner

Piso 4 Bogotá D.C                                       carlos.molano@mazars.com.co

T: +57 (1) 256 3004/5

www.mazars.com.co

Documento

BOLETIN INFORMATIVO - COVID-19.pdf - 1