Modificaciones al Régimen tributario especial, a razón de la reforma tributaria Ley 2277 de 2022

La última reforma tributaria realizó dos modificaciones a los artículos 356-2 y 364-5 del Estatuto tributario.

El artículo 364-5, extendió el plazo para actualizar la información para el registro, pasando de los tres a los seis primeros meses de cada año.

El artículo 356-2 inciso 3, señalo que, cuando la Administración Tributaria compruebe que no se ha presentado la información requerida para calificar en el Régimen Tributario Especial, deberá en un término de 10 días hábiles siguiente a la radicación de la solicitud, informar al solicitante, para que subsane los posibles errores en el envió de información; para lo cual tiene un término de un mes siguiente al envío de la comunicación.

Documento

Modificaciones-al-Régimen-tributario-especial-ESP.pdf