Se reglamenta el conflicto de intereses y competencia con la sociedad, y el principio de deferencia al criterio empresarial

El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo publicó en su página web el pasado 17 de octubre del 2023 el proyecto de decreto “Por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 23 de la Ley 222 de 1995, en lo relativo al conflicto de intereses y competencia con la sociedad por parte de los administradores, y a la aplicación del principio de deferencia al criterio empresarial”; recibiéndose comentarios de la ciudadanía y los grupos de valor, los cuales podrán remitirse al correo electrónico cfranco@supersociedades.gov.co, desde el 18 de octubre y hasta el 1 de noviembre del 2023.

En su memoria justificativa se advierte que, transcurridos más de 14 años desde la entrada en vigor del Decreto 1925 de 2009, Por medio del cual se reglamenta parcialmente el artículo 23 de la Ley 222 de 1995, y demás normas concordantes, en lo relativo a conflicto de interés y competencia con la sociedad por parte de los administradores de la sociedad”, actualmente compilado en el Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015; la referida normatividad debe actualizarse.

A través del mentado proyecto de ley se sustituiría todo el Capítulo 3 del Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015.

El contenido del proyecto es el siguiente:

  1. Concepto de conflicto de intereses.
  2. Personas que se consideran vinculadas al administrador para efectos de la determinación del conflicto de intereses.
  3. Competencia con la sociedad.
  4. Procedimiento en casos de conflicto de intereses o competencia con la sociedad.
  5. Operaciones en grupos empresariales y entre controlantes y subordinadas o subordinadas entre sí.
  6. Deferencia al criterio de discrecionalidad empresarial de los administradores.

Documento

Boletín-Proyecto-de-decreto-ESP.pdf