Reporte de Sostenibilidad

El pasado 21 de noviembre de 2023 la Superintendencia de Sociedades mediante la Circular Externa 100-000010 adiciona el Capítulo XV a la Circular Básica Jurídica 100-00008 de 12 de julio de 2022 que contiene recomendaciones para que los supervisados por esta entidad incorporen Estándares Internacionales en sus reportes en el marco de la sostenibilidad.

Los principales asuntos a destacar de esta Circular son los siguientes: 

Aplicación

Las recomendaciones emitidas son aplicables a las siguientes compañías:

Descripción

Rangos

Actividad

Entidades empresariales vigiladas o controladas

Ingresos totales o activos iguales o superiores a 40.000 SMLMV con corte a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior.

 

Sector minero – energético

Ingresos totales iguales o superiores a 30.000 SMLMV a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior.

Energías y recursos naturales no renovables, tales como energía eléctrica, minería, hidrocarburos.

Sector manufactura

Transformación mecánica o química de sustancias orgánicas e inorgánicas en productos nuevos, elaborados bien sea a mano o con maquinaria.

Sector construcción

Producción de materiales o suministros para la construcción de edificaciones o infraestructura, tales como piedra, arena, plástico, cemento, metal, entre otros insumos.

Sector turismo

Alojamiento en hoteles, en centros vacacionales, actividades de agencias de viajes, operadores turísticos, servicios de reservas y actividades relacionadas.

Sector telecomunicaciones y nuevas tecnologías

Que sea indispensable o sea su actividad el uso, creación, o comercialización de tecnologías de la información y las comunicaciones.

Contenido del reporte

El reporte de sostenibilidad deberá incorporar lo siguiente:

1. Debida diligencia, el cual debe contener como mínimo:

  • Evidencia de la evaluación y alcance de las actividades realizadas.
  • Acreditación de un adecuado sistema de gestión de riesgos que permita verificar y evaluar el impacto de las actividades de su modelo de negocio.
  • Seguimiento a la eficacia de las medidas, procesos y herramientas implementadas con el fin de prevenir, mitigar o reducir el impacto negativo que sucedió o pudiese llegar a suceder. 

2. Reporte de sostenibilidad, este informe debe contener:

  • Estándar internacional.
  • Índice de contenidos.
  • Perfil de la entidad empresarial:
    • Razón social.
    • Ubicación y dirección del domicilio principal y secundarios si los hubiere.
    • Sector al que pertenece.
    • Actividad comercial principal.
    • Tamaño expresado en activos e ingresos reportados conforme con el último reporte de estados financieros.
    • Descripción de su cadena de valor.
    • Mapeo de sus grupos de interés.
    • Gobernanza de la organización.
    • Asignación de un responsable del reporte.

Presentación, publicidad y divulgación

El reporte debe ser presentado y aprobado anualmente en la primera reunión del máximo órgano social.

Se deberá publicar y divulgar al interior de la entidad empresarial y a los grupos de interés al menos una vez al año y se recomienda que se presente en su página web.

Documento

Boletín_​Reporte-Sostenibilidad_​ESP.pdf