Ley 2173 de 2021: 2 árboles por cada trabajador ¿En qué consiste esta disposición?

El pasado 30 de diciembre de 2021, el Congreso de la República expidió la Ley No. 2173, por medio de la cual se promueve la restauración ecológica a través de la siembra de árboles y creación de bosques en el territorio nacional, estimulando conciencia ambiental al ciudadano, responsabilidad civil ambiental a las empresas y compromiso ambiental a los entes territoriales y se crean las áreas de vida.

¿Qué reguló esta ley?

En dicha ley se reguló que todas las medianas y, grandes empresas debidamente registradas en Colombia deberán desarrollar un programa de siembra de mínimo dos (2) árboles por cada uno de sus empleados, en las zonas establecidas como áreas de vida definidas y destinadas por los municipios para los programas de restauración.

Dichos arboles deberán ser especies nativas que cumplan con las características de especie, piso térmico, fitosanidad, suelo y demás requisitos que establezca en coordinación con la autoridad ambiental nacional, regional y municipal, de la mano con las alcaldías.

Cada empresa asumirá los costos del programa de siembra de árboles y las jornadas de restauración serán actividades internas propias de las empresas, por lo que deberán realizarse en horarios laborales, cumpliendo con los protocolos de seguridad ocupacional y demás requisitos de ley.

¿A partir de cuándo se aplica esta ley?

Las empresas deberán cumplir esta ley anualmente, a partir del año siguiente de la promulgación de esta ley, es decir, a partir del 30 de diciembre de 2022.

Otras disposiciones a saber

Las micro y pequeñas empresas podrán, por decisión propia, adelantar jornadas de restauración mediante la siembra de árboles.

Las medianas y grandes empresas, que por razones de la pandemia hayan tenido que cerrar sus actividades propias, pero logren reactivarse, tendrán un período de transición para cumplir lo establecido en esta ley, debiendo cumplir la norma un año después de la promulgación de la Ley.

Las empresas que están disueltas, liquidadas, o inactivas, deberán presentar el certificado que lo demuestre y así, quedar exentas del cumplimiento de esta Ley.

Finalmente, las Secretarías municipales de Ambiente, de Planeación o quien haga sus veces, expedirán el “Certificado Siembra Vida Empresarial” a las empresas que hayan cumplido con esta ley y no tendrá ningún costo adicional.

Documento

Boletín-Ley-2173-de-2021-ESP.pdf